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Cambios en los tipos de IVA a partir del 1 de octubre de 2024

Cambios en los tipos de IVA

Y cómo modificarlos en Isbue

A partir del 1 de octubre de 2024, entrarán en vigor importantes modificaciones en los tipos de IVA en España, que afectarán tanto a consumidores como a empresas. Estos cambios se derivan de las reformas planteadas por la Unión Europea en relación con la política fiscal, y tienen como objetivo armonizar los impuestos indirectos entre los estados miembros y adaptarse a las nuevas exigencias del mercado global. Conocer y entender estas modificaciones será fundamental para quienes gestionan negocios o son responsables de la facturación en empresas.

Tipos de IVA en España: Un repaso

Actualmente, en España existen tres tipos de IVA:

  1. Tipo general (21%): Aplicado a la mayoría de bienes y servicios.
  2. Tipo reducido (10%): Utilizado para productos esenciales como alimentos, transporte, o servicios de hostelería.
  3. Tipo superreducido (4%): Enfocado en productos de primera necesidad, como medicamentos, alimentos básicos o libros.

En virtud del Real Decreto-ley 04/2024, aprobado el 26 de junio, el tipo impositivo aplicable temporalmente a alimentos básicos incluido el aceite de oliva, del 1 de Julio hasta el 30 de Septiembre ha sido del 0% y el tipo del recargo de equivalencia del 0%, ésta reforma que, como decimos entró en vigor en Julio de 2024, se ve ahora prorrogada con ciertas modificaciones en octubre de 2024, ésta última plantea ajustes significativos en los tipos impositivos reducidos y superreducidos.

Principales cambios en los tipos de IVA a partir de octubre de 2024

IVA 7.5% con un Recargo de Equivalencia del 1%

Ejemplos de productos:

* Pastas alimenticias.

* Aceites de semillas.

IVA 2% con un Recargo de Equivalencia del 0.26%.

Ejemplos de productos:

* Productos de primera necesidad: pan, harinas, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres y cereales.

* Aceite de oliva.

Impacto en las empresas

Para las empresas, estos cambios en el IVA implican una revisión de precios y estrategias fiscales. Será necesario ajustar las políticas de facturación, asegurando que las facturas emitidas a partir del 1 de octubre cumplan con los nuevos tipos impositivos. Además, deberán actualizar sus sistemas de gestión, facturación electrónica y software de contabilidad para reflejar los nuevos tipos de IVA.

Las empresas también deben estar preparadas para realizar modificaciones en los contratos de servicios a largo plazo que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de las nuevas tasas, para evitar discrepancias con los clientes o proveedores.

Ajustes necesarios en los sistemas de gestión y facturación

Las empresas deben garantizar que sus sistemas de facturación electrónica y ERPs (software de planificación de recursos empresariales) estén correctamente actualizados antes del 1 de octubre de 2024. Este cambio afecta directamente a la configuración de los tipos de IVA dentro del sistema y a la forma en que las empresas generan sus facturas y reportes fiscales.

En caso de no actualizar los sistemas, las empresas corren el riesgo de generar facturas incorrectas, lo que podría derivar en sanciones o recargos. Además, es fundamental que los equipos contables estén capacitados y al tanto de cómo aplicar correctamente los nuevos tipos impositivos, tanto en las ventas nacionales como en las intracomunitarias.

Te dejamos el paso a paso para importar los ivas válidos así como sus recargos de equivalencia en Isbue

Aspectos clave del BOE

Según el BOE publicado el 27 de junio de 2024, la reforma de los tipos de IVA tiene como objetivo mejorar la eficiencia fiscal y adaptarse a las normativas comunitarias, impulsando a las empresas a alinearse con los estándares europeos. Se espera que estos cambios generen un impacto positivo en la economía, a la vez que permiten una mayor recaudación por parte del Estado sin que esto afecte gravemente a los consumidores.

Los anexos del BOE también detallan excepciones específicas y el proceso de transición para los contratos firmados antes de la reforma, asegurando que tanto empresas como consumidores puedan ajustarse progresivamente a las nuevas condiciones.

Conclusión

La entrada en vigor de los cambios en los tipos de IVA a partir del 1 de octubre de 2024 marca un cambio relevante en la fiscalidad española. Tanto las empresas como los consumidores deberán adaptarse a estos ajustes para cumplir con las nuevas normativas y aprovechar las oportunidades que puedan surgir. Mantenerse informado y realizar las modificaciones necesarias en los sistemas de gestión será clave para evitar problemas y optimizar la transición hacia este nuevo marco fiscal.

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